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El incendio de Azuqueca: las baterías de litio que salen de tu taller son mercancía peligrosa | 0COMA
Actualidad ADR
Casos 1.3 · Sector Taller

La nube que obligó a medio Corredor del Henares a cerrar las ventanas (y qué tiene que ver con tu taller)

Un sábado de julio, una nave de reciclaje de baterías ardiendo en Azuqueca y el aviso de Protección Civil sonando en los móviles de tres pueblos. Las baterías de litio que salen de un taller camino del gestor son exactamente eso: mercancía peligrosa. Esto es lo que la ley te pide antes de moverlas.

Por Laura · Formadora ADR · DGT nº 03341
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pueblos confinados: Azuqueca, Alovera y Cabanillas
+1000 °C
puede alcanzar una batería de litio en fuga térmica (ensayos)
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fallecidos: el confinamiento hizo su trabajo
Míralo y escúchalo

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El vídeo es una recreación ilustrativa. Los datos del caso, con sus fuentes, van en el texto de abajo.

Caso real · Azuqueca, 4 de julio de 2025

Un sábado de verano, y el móvil que empieza a sonar

4 de julio de 2025. Azuqueca de Henares, aquí al lado. Un sábado de verano. En el polígono El Ródano, una nave que recicla baterías de coches eléctricos —Envirobat España— empieza a arder, con explosiones que se oyen en los pueblos de alrededor. Y en los móviles empieza a sonar el aviso de Protección Civil.

Aquí está lo que casi nadie sabe: un fuego de baterías de litio no se apaga. Es prácticamente inextinguible. Los bomberos poco pueden hacer más que enfriar y esperar a que se consuma solo. Y eso tardó días.

Y lo que sale mientras tanto es una nube de humo tóxico. Por eso nos mandaron cerrar ventanas y puertas, apagar el aire y no salir. En Azuqueca, en Alovera, en Cabanillas. Medio Corredor del Henares con las persianas bajadas. Un bombero acabó en el hospital; fallecidos, ninguno.

Dos cosas que no te voy a contar, porque no se confirmaron oficialmente: la causa del incendio y la composición exacta de aquella nube. Lo que sí quedó claro es lo que había dentro de la nave: baterías de litio. Las mismas que salen de coches y patinetes. Las mismas que, un día cualquiera, salen de un taller camino del gestor.

Fuentes: CMMedia, El Heraldo del Henares y El Español / El Digital CLM (04/07/2025). La causa del incendio no está confirmada oficialmente y la composición de la nube no se detalló; este relato no las afirma.

El giro · De la pieza al bulto

Y ahora, a tu taller: esas baterías salen de coches y patinetes

¿Qué tiene que ver esto con un taller? Todo. Esas baterías salen de coches y patinetes. Cuando un taller cambia una batería y manda la vieja o la dañada al gestor, la está transportando. Y una batería de litio es mercancía peligrosa de verdad: no viaja como la de plomo de toda la vida (UN 2794, clase 8), sino como UN 3480 o UN 3481 según tipo y estado, clase 9, con reglas propias. No es «un cacharro que llevas al desguace»: es exactamente lo que ardió en esa nave.

Y si está dañada o defectuosa, sube un escalón: entran instrucciones de embalaje específicas (P908/P911), pensadas justo para ese caso. Una batería de tracción de un eléctrico accidentado es un caso de alto riesgo: no es trabajo de taller estándar, va a gestor especializado.

Y aquí es donde entra el capítulo 1.3. Cuando el gestor recoge esas baterías, tu taller es expedidor y cargador de mercancía peligrosa (ADR 2025, capítulo 1.4). No hace falta un camión lleno. No hace falta consejero de seguridad. La ley pide que quien las manipula esté formado — reconocer qué batería tiene delante, separar la dañada, prepararla para el gestor y que la carta de porte diga RESIDUO. Saber reconocerlo antes de moverlo: eso es la formación 1.3.

La frontera honesta: cargar y usar las baterías dentro del taller es prevención de riesgos y almacenamiento (APQ), no ADR. El 1.3 es justo el instante en que la mercancía sale por la puerta camino del gestor. Y la formación sobrevive a las exenciones por cantidad: aunque el envío vaya en cantidades limitadas o exceptuadas, la formación del capítulo 1.3 sigue siendo obligatoria (ADR 3.4.1 a) y 3.5.1.2 a)).

Fuentes: ADR 2025 (BOE-A-2025-77), Tabla A del capítulo 3.2 (UN 2794; UN 3480/3481), instrucciones P908/P911 (baterías dañadas o defectuosas), capítulos 1.3 y 1.4, y 3.4.1 a) / 3.5.1.2 a); Reglamento UE 2023/1542 (baterías y residuos de baterías).

Qué enseña el caso

Tres verdades que Azuqueca le deja a tu taller

Verdad 1

Este fuego no se apaga

Un fuego de baterías de litio es prácticamente inextinguible: los bomberos enfrían y esperan a que se consuma solo. En Azuqueca eso tardó días. En ensayos, una batería en fuga térmica supera los 1.000 °C y libera gases tóxicos e inflamables — dato de laboratorio, no del incendio.

Verdad 2

Una dañada no es una sana

Una batería hinchada o golpeada cambia de categoría: si está dañada o defectuosa entran embalajes específicos (P908/P911). Y la de tracción de un eléctrico accidentado es alto riesgo: gestor especializado, no trabajo de taller estándar.

Verdad 3

El humo no entiende de vallas

Lo que se manda mal desde una nave —o desde un taller— acaba cerrando las ventanas de todo un pueblo. En cuanto la batería sale hacia el gestor manda el ADR: UN 3480/3481, clase 9 y personal formado según el capítulo 1.3.

El dato de la fuga térmica (más de 1.000 °C, gases tóxicos e inflamables) es de ensayos publicados en Nature, Scientific Reports (2017), no del incendio de Azuqueca: es contexto real, no normativa ADR.

Qué exige la ley

Lo que dice el ADR cuando la batería sale hacia el gestor

Las baterías que ardieron en Azuqueca no nacieron en esa nave: llegaron allí. De coches, de patinetes, de talleres. Cada una de ellas, antes de arder, viajó. Para ese viaje, el ADR no deja hueco a la interpretación:

«Las personas empleadas por los participantes mencionados en el capítulo 1.4, cuyo campo de actividad comprende el transporte de mercancías peligrosas, deberán ser formadas para que respondan a las exigencias de su campo de actividad y de responsabilidad durante el transporte de mercancías peligrosas.» Y añade que serán formados «antes de asumir responsabilidades» y que no pueden realizar funciones para las que aún no han recibido la formación requerida, salvo bajo supervisión directa de una persona formada. ADR 2025, capítulo 1.3, § 1.3.1 (BOE-A-2025-77)
  • La batería tiene nombre: UN 3480 o UN 3481 según tipo y estado, clase 9 (Tabla A del capítulo 3.2). Si va dañada o defectuosa, con su embalaje específico: instrucciones P908/P911.
  • En la carta de porte, la palabra RESIDUO delante de la designación (ADR 5.4.1.1.3). Y ojo: la carta la confecciona el expedidor (ADR 1.4.2.1.1) — aunque el gestor te traiga el papel ya hecho, tú eres el expedidor y respondes de que esté bien.
  • El registro de la formación lo conserva el empresario y se enseña a la autoridad si lo pide (ADR 1.3.3). No lo lleva el mecánico encima: lo guarda la empresa.
  • La protección también cuenta (capítulo 1.10): la carga no se deja sin vigilancia mientras espera al gestor, y solo se entrega a un transportista debidamente identificado (ADR 1.10.2.1). Esa sensibilización forma parte obligatoria de la formación 1.3 (ADR 1.10.2).
¿Y el papeleo? Consignar mal el documento de transporte es infracción muy grave de la LOTT (art. 140.15.13). Los errores típicos: olvidar «RESIDUO», poner el nombre comercial en vez de la designación oficial, no consignar las etiquetas o equivocar la cantidad.

Fuentes: ADR 2025 (BOE-A-2025-77), capítulos 1.3 (1.3.1 y 1.3.3), 1.4 (1.4.2.1.1) y 1.10 (1.10.2 y 1.10.2.1), Tabla A del capítulo 3.2 (UN 3480/3481), instrucciones P908/P911 y 5.4.1.1.3 («RESIDUO»); LOTT, art. 140.15.13.

¿Te aplica a ti?

El test honesto: contesta como si te lo preguntara la inspección

Cinco preguntas que cualquier taller que entrega baterías al gestor debería poder responder sin ponerse nervioso:

Si alguna te hace dudar, ahí tienes el hueco
  • ¿Dónde esperan las baterías retiradas hasta que viene el gestor? ¿Zona controlada y vigilada, no accesible al público (ADR 1.10), o en cualquier rincón del patio?
  • ¿Sabéis distinguir la de plomo (UN 2794, clase 8) de la de litio (UN 3480/3481, clase 9) antes de moverla?
  • ¿Una batería hinchada o golpeada se separa de las sanas y se avisa al gestor (embalajes P908/P911), o va a la misma pila?
  • ¿La carta de porte dice RESIDUO, con su número UN y tus datos como expedidor?
  • Si mañana aparece una furgoneta desconocida «a por las baterías», ¿alguien comprueba que el transportista está debidamente identificado (ADR 1.10.2.1)?

Y la frontera honesta, dicha a la cara: si en tu taller nadie prepara ni entrega mercancía peligrosa al gestor —ni baterías, ni aerosoles, ni disolventes— y solo usáis los productos en el puesto de trabajo, lo tuyo es prevención de riesgos laborales y almacenamiento (APQ), no ADR. Cargar baterías en el cuarto de carga no es 1.3; entregarlas al gestor, sí. Prefiero decírtelo aquí antes que cobrártelo en un aula.

Preguntas frecuentes

Lo que me preguntan los gerentes de taller

¿Las baterías de litio viajan como las de plomo de toda la vida?

No. La batería de plomo de arranque es UN 2794, clase 8, y tiene su propia regla (la disposición especial 598), que permite que quede fuera de las disposiciones del ADR si va con la cubeta sin daños, bien sujeta, sin restos de ácido o álcali por fuera y protegida contra cortocircuito. Las de litio son otro mundo dentro del ADR: viajan como UN 3480 o UN 3481 según tipo y estado, clase 9, con reglas y embalajes propios. Antes de mover una batería, lo primero es saber cuál de las dos tienes delante.

¿Una batería hinchada o dañada viaja igual que una sana?

No. Si está dañada o defectuosa entran instrucciones de embalaje específicas (P908/P911), pensadas justo para ese caso. Y una batería de tracción de un eléctrico accidentado es un caso de alto riesgo: no es trabajo de taller estándar, va a gestor especializado. En la práctica: una batería hinchada o golpeada se separa de las sanas y se avisa al gestor antes de moverla, no se echa a la misma pila.

¿Qué me pedirá una inspección si mi taller entrega baterías al gestor?

Tres cosas, principalmente: el registro de la formación del personal, que conserva el empresario y se enseña a la autoridad si lo pide (ADR 1.3.3); que los residuos peligrosos salgan correctamente identificados, con su número UN, sus etiquetas y la palabra RESIDUO en la carta de porte (ADR 5.4.1.1.3); y que la mercancía se entrega a un gestor de residuos autorizado y a un transportista debidamente identificado (ADR 1.10.2.1). Ojo con el papeleo: consignar mal el documento de transporte es infracción muy grave de la LOTT (art. 140.15.13).

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